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LEY BRISA, LA REFORMA PENAL QUE BUSCA QUE LA VIOLENCIA SEXUAL CONTRA ADOLESCENTES DEJE DE PRESCRIBIR EN BOLIVIA

abril 21, 2026

El proyecto, que ya fue aprobado en el Senado y está en la Cámara de Diputados, plantea eliminar el estupro, crear el delito de violación incestuosa y hacer imprescriptibles los casos contra niñas, niños y adolescentes. Nace de una condena de la Corte IDH al Estado boliviano.

Brisa de Angulo tenía 16 años cuando su primo de 26, que vivía en su casa en Cochabamba, la violó sistemáticamente durante ocho meses. Denunció y el sistema judicial calificó su caso como estupro. Veinticuatro años después, su agresor sigue libre.

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Su historia dio nombre al Proyecto de Ley CS-010/2023-2024, conocido como “Ley Brisa”, que hoy espera tratamiento en la Cámara de Diputados tras ser aprobado en el Senado en abril de 2024. La norma busca reformar el Código Penal y el de Procedimiento Penal para adecuar la legislación boliviana a estándares internacionales sobre violencia sexual.

La ley nace de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en el caso Angulo Losada vs. Bolivia, emitida en noviembre de 2022. La Corte determinó que el Estado vulneró el debido proceso y las garantías judiciales de Brisa y le ordenó reformar su normativa. De 11 medidas ordenadas, Bolivia solo cumplió dos. El plazo ya venció y se pidió prórroga.

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Según explicó la diputada Andrea Ballivián (Unidad), una de las impulsoras, el proyecto plantea cinco modificaciones estructurales:

  • Imprescriptibilidad para delitos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes. Actualmente, muchas víctimas denuncian 20 o 30 años después y el delito ya prescribió.
  • Eliminar el delito de estupro. Hoy tiene una pena de 3 a 6 años y, con procedimiento abreviado, puede reducirse a 3 o menos. La propuesta es que esos casos se juzguen como violación de NNA.
  • Tipificar la violación incestuosa como agravante cuando el agresor es familiar, con penas de hasta 25 años. Este tipo penal no existe hoy en la legislación.
  • Redefinir el delito de violación en base a la falta de consentimiento. Establece que el consentimiento debe ser voluntario, libre, informado y revocable en cualquier momento, y que no puede inferirse del silencio o la falta de resistencia.
  • Ampliar la protección hasta los 18 años, incluyendo agravantes por discapacidad.

“Para nosotros, cumplir con esta sentencia no es solo una obligación jurídica, es un deber moral con Brisa de Angulo y con todas las mujeres y niñas de nuestro país que seguramente todavía han estado en silencio”, señaló la presidenta en ejercicio de Diputados, Daniela Cabrera (Unidad), durante la socialización del proyecto.

El proyecto fue reactivado en diciembre de 2025 y en marzo de este año más de 40 organizaciones de la sociedad civil llegaron a la Asamblea Legislativa para impulsar su aprobación. El 17 de abril, la Comisión de Derechos Humanos, presidida por el diputado Marcelo Solís (Libre), informó que coordina la instalación de mesas técnicas especializadas en la Asamblea Legislativa con participación del Órgano Ejecutivo, jueces y organizaciones sociales acreditadas. “Vamos a ser responsables, abriremos más espacios de diálogo y de socialización”, aseguró Solís. El proyecto ya cuenta con informes de viabilidad técnica y legal del Órgano Ejecutivo. Se esperaba su tratamiento en el pleno de Diputados la primera semana de abril, pero aún no fue agendado.

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El debate no está exento de oposición. La plataforma Unidad Ciudadana en Bolivia, que articula a 16 instituciones vinculadas a iglesias y colectivos “en defensa de la vida y la familia”, emitió un pronunciamiento advirtiendo que el proyecto tiene “graves vicios técnicos y constitucionales”. Entre sus cuestionamientos señalan la incorporación de “tipos ambiguos” que afectarían los principios de legalidad y taxatividad, que la eliminación del estupro “rompe la proporcionalidad”, y que la ampliación de la imprescriptibilidad se plantea “sin criterios restrictivos, comprometiendo el debido proceso”. También observan una “deficiente técnica legislativa” y la “indebida mezcla de materias”. Piden que el proyecto tenga un debate especializado antes de su aprobación.

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Para las instituciones que trabajan con víctimas, la norma es urgente. Bolivia registró 10.816 denuncias de violencia sexual en 2025, casi 30 por día, y solo el 17% de las víctimas denuncia. El 63% de los casos afecta a menores de 18 años, muchos ocurren dentro del hogar y quedan en impunidad. Mónica Bayá, de la Comunidad de Derechos Humanos, explicó que el estupro actualmente “oculta la realidad” porque permite calificar como tal a casos que son violaciones. “La falta de consentimiento debe ser el eje central”, sostiene, en línea con la sentencia de la Corte IDH. No es la misma “Ley Brisa” de Argentina. A diferencia de la Ley 27.452 vigente en Argentina desde 2018, que otorga una reparación económica a hijas e hijos de víctimas de femicidio, la Ley Brisa boliviana es una reforma penal. No entrega subsidios. Su objetivo es que los procesos judiciales por violencia sexual no se caigan por prescripción y que la relación familiar sea agravante. La Corte IDH ordenó al Estado boliviano reparar a Brisa de Angulo y garantizar medidas de no repetición. Para las organizaciones impulsoras, aprobar la Ley Brisa es el primer paso para cumplir.

Por: Brian C. Dalenz Cortez


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