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Juzgado Agroambiental ordena suspender operaciones de Bolivian Gold en territorio de Colque Alta, Viacha

septiembre 2, 2026

Un Auto Interlocutorio Definitivo emitido por el Juzgado Agroambiental de Viacha ordenó la suspensión inmediata de las actividades mineras de Bolivian Gold S.A. dentro del territorio de la Comunidad Originaria Colque Alta. La medida se sustenta en un informe técnico-jurídico del INRA que establece una sobreposición del 100 % entre el área en conflicto y el territorio comunal.

Foto: RRSS

La jueza agroambiental de Viacha, Cinthia Veliz Caceres, dispuso la paralización inmediata de las operaciones mineras de Bolivian Gold S.A. dentro del territorio de la Comunidad Originaria Colque Alta, según establece el Auto Interlocutorio Definitivo N.º 025/2026, fechado el 23 de junio de 2026.

La resolución fue emitida dentro del expediente 125/2023, correspondiente a una medida cautelar ambiental presentada por la Comunidad Originaria Colque Alta y sus representantes, Leonora Ninfa Mamani Tiñini de Siñani y Claudio Mamani Tiñini.

El primer punto resolutivo dispone una prohibición de innovar y la suspensión inmediata de toda actividad de explotación, voladura, movimiento de tierras, transporte de mineral y utilización de maquinaria pesada dentro de la poligonal correspondiente al territorio comunal.

La determinación se sustenta en el Informe Técnico Jurídico INRA-DDLP-UCR N.º 330/2026, que identifica una sobreposición del 100 % del área analizada.

La empresa deberá retirar maquinaria y personal

La resolución también ordena a Bolivian Gold S.A. retirar de manera inmediata su maquinaria, insumos y personal del área en conflicto.

Para regularizar su situación documental, la empresa deberá presentar, entre otros requisitos, documentación del SEPREC, licencia de funcionamiento, pólizas de seguro y mecanismos de seguridad que incorporen la participación activa de la Comunidad Originaria Colque Alta.

Sin embargo, la propia jueza aclara expresamente que cumplir esos requisitos no autoriza automáticamente la reanudación de las actividades extractivas.

“El cumplimiento de estos requisitos constituye un requisito previo, mas no una autorización para la continuidad de actividades extractivas, las cuales permanecen suspendidas”, establece el auto.

Suspensión tendrá vigencia indefinida

La medida cautelar permanecerá vigente hasta la conclusión del proceso principal o hasta que la empresa acredite el cumplimiento estricto de las normas ambientales y de seguridad, sujeto previamente a una valoración técnica del juzgado.

Esto significa que la resolución no define todavía el fondo de la controversia, pero sí mantiene paralizadas las operaciones mientras avanza el proceso judicial.

El juzgado también dispuso notificar a la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) y al Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal para que, dentro de sus competencias, realicen las acciones de fiscalización correspondientes frente a las irregularidades identificadas.

Comunidad obtiene una medida de protección territorial

La Comunidad Originaria Colque Alta acudió a la justicia agroambiental solicitando medidas frente a actividades desarrolladas por la empresa dentro de su territorio.

La resolución cautelar constituye ahora una protección judicial mientras se resuelve el proceso principal y obliga a mantener suspendidas las operaciones en el área donde el informe del INRA determinó la sobreposición territorial.

El caso continuará bajo evaluación judicial, mientras la AJAM y las autoridades ambientales deberán asumir las acciones de fiscalización dispuestas en el auto.

Por: Joel Poma Chura - Comunicación Cecasem


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