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AFCOOP suspende trámites mineros en el Madidi tras acuerdo Gobierno – FENCOMIN y ejecuta restricción ambiental vigente desde 2025

mayo 25, 2026

La Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas (AFCOOP) emitió el 20 de mayo de 2026 la Resolución Administrativa DCF N° 001/2026, mediante la cual suspendió trámites administrativos vinculados a cooperativas mineras auríferas dentro del Parque Nacional y Área Natural de Manejo Integrado Madidi (PN-ANMI Madidi), en una decisión que se produce días después del acuerdo político firmado entre el Gobierno y la Federación Nacional de Cooperativas Mineras (FENCOMIN R.L.).

Foto: Sernap

La resolución administrativa aparece en un contexto marcado por el acta suscrita el 14 de mayo de 2026 en la Casa Grande del Pueblo, donde el Gobierno y dirigentes cooperativistas acordaron medidas orientadas a ampliar y facilitar operaciones del sector minero cooperativizado.

Entre los puntos del acuerdo figuraban la liberación de nuevas áreas mineras, la agilización de contratos, el incremento de material explosivo y la reposición de reglamentos para viabilizar derechos mineros en áreas protegidas mediante Certificados de Compatibilidad de Uso de Suelo (CCUs).

Sin embargo, seis días después de ese acuerdo político, AFCOOP emitió una resolución que paraliza registros, adecuaciones y procedimientos administrativos relacionados con cooperativas mineras auríferas en sectores vinculados al Madidi y al río Beni, incluyendo municipios como Ixiamas, San Buenaventura, Apolo y San José de Uchupiamonas.

La medida administrativa toma como base el Auto Ambiental No. SP-TAA 012/2025 emitido por el Tribunal Agroambiental en septiembre de 2025, documento que ya había establecido restricciones y medidas cautelares ambientales sobre actividades mineras en el río Tuichi y zonas protegidas del Madidi.

Ese Auto Agroambiental ordenó la paralización de trámites mineros, la suspensión de registros administrativos y restricciones al ingreso de maquinaria pesada, tras denuncias relacionadas con contaminación, uso de mercurio y actividades extractivas dentro de áreas protegidas amazónicas.

La resolución de AFCOOP no crea nuevas restricciones ambientales, sino que ejecuta administrativamente una determinación judicial que ya se encontraba vigente desde 2025 y que establecía límites para actividades mineras dentro de sectores protegidos del norte amazónico paceño.

El Tribunal Agroambiental había señalado previamente que las actividades extractivas observadas en el río Tuichi y zonas del Madidi eran incompatibles con áreas de protección estricta y ordenó además pericias ambientales e informes técnicos para evaluar posibles impactos sobre biodiversidad, cuerpos de agua y ecosistemas amazónicos.

La publicación de la Resolución DCF N° 001/2026 ocurre también en medio de cuestionamientos públicos de organizaciones indígenas y ambientales al acuerdo Gobierno–FENCOMIN.

La Coordinadora Nacional de Defensa de Territorios Indígenas Originarios Campesinos y Áreas Protegidas (CONTIOCAP) solicitó la anulación del acuerdo político, argumentando que la ampliación de actividades extractivas en áreas protegidas y territorios indígenas podría entrar en conflicto con disposiciones constitucionales y sentencias ambientales vigentes.

Mientras tanto, la resolución de AFCOOP consolida un escenario de tensión entre la agenda de expansión administrativa del sector cooperativista minero planteada en el acuerdo del 14 de mayo y las restricciones ambientales y judiciales establecidas previamente por el Tribunal Agroambiental desde 2025.

Por: Joel Poma Chura - Comunicación Cecasem


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