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Ley para hijos de víctimas de feminicidio lleva seis meses vigente, pero su reglamentación sigue pendiente

septiembre 9, 2026

Después de un feminicidio, la violencia no termina con la muerte de la víctima. También deja niñas, niños y adolescentes enfrentando pérdidas emocionales, económicas y familiares. Bolivia aprobó una ley para protegerlos, pero seis meses después su reglamentación sigue pendiente y la Defensoría del Pueblo alerta que la demora mantiene sin aplicación plena las medidas de reparación previstas.

Imagen creada por IA

A seis meses de la entrada en vigencia de la Ley N.º 1680 de Protección Integral y Reparación para Hijas e Hijos Huérfanos Víctimas de Feminicidio y Otros Delitos contra la Vida, la Defensoría del Pueblo exigió al Órgano Ejecutivo acelerar la aprobación de su reglamento. La institución advierte que este instrumento es indispensable para hacer efectivas las medidas de protección y reparación reconocidas por la norma.

La Ley 1680 contempla un bono económico mensual, subsidio alimenticio, acceso y permanencia en el sistema educativo, atención en salud, protección de bienes sucesorios y acompañamiento terapéutico integral para las niñas, niños y adolescentes beneficiarios. Sin embargo, la norma estableció un plazo de 120 días calendario para aprobar su reglamentación y, pese a que ese periodo ya venció, el procedimiento continúa pendiente.

De acuerdo con la Defensoría, el 4 de marzo de 2026 se presentó una propuesta de reglamento elaborada de manera articulada entre instituciones públicas, organizaciones de la sociedad civil y la propia institución defensorial. Seis meses después, el documento aún no ha sido aprobado. El defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, señaló que corresponde a las autoridades adoptar las medidas necesarias para garantizar las condiciones institucionales, técnicas y presupuestarias que permitan implementar la norma.

La institución advierte que la demora va más allá de un procedimiento administrativo. Sin la reglamentación, continúan pendientes mecanismos necesarios para la implementación de la Ley, entre ellos el registro de beneficiarios y las medidas de protección, asistencia y reparación. Para la Defensoría, esta situación afecta el ejercicio pleno de los derechos de niñas, niños y adolescentes y prolonga su desprotección frente a las consecuencias de haber perdido a uno de sus progenitores por hechos de extrema violencia.

El alcance de la Ley parte de una realidad que trasciende el propio feminicidio: sus consecuencias pueden extenderse a las hijas e hijos de las víctimas, quienes deben afrontar cambios familiares, económicos y emocionales. Por ello, la protección establecida no se limita a una prestación monetaria, sino que incorpora educación, alimentación, salud, patrimonio y acompañamiento terapéutico como parte de un proceso de restitución de derechos y reconstrucción de sus proyectos de vida.

La Defensoría exhortó al Órgano Ejecutivo y a las entidades competentes a concluir con carácter urgente la reglamentación y superar los obstáculos que han retrasado su tratamiento. La existencia de una ley representa un avance en el reconocimiento de los derechos de las víctimas indirectas del feminicidio, pero su protección depende también de que las medidas establecidas puedan pasar del papel a su aplicación efectiva. Seis meses después de la promulgación de la Ley 1680, ese paso continúa pendiente.

Por: Monserrath Murillo Ezcurra


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